cálculo de horas extras en perú

Cálculo de Horas Extras en Perú de acuerdo a 3 tipos de trabajadores

Antes de definir el cálculo de horas extras en Perú, definamos primero lo que es una jornada de trabajo:

Podemos definir la jornada de trabajo como el tiempo durante el cual el trabajador se encuentra a disposición del empleador en forma diaria, semanal o mensual, con el fin de cumplir la prestación laboral que este exija. Sin embargo, considerando que el ser humano posee limitaciones naturales que lo obligan a tomar un tiempo de descanso a fin de recuperar su equilibrio físico y sicológico, la ley ha establecido una jornada máxima de trabajo fijada en ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales. Es necesario mencionar que existen trabajadores que no están obligados a cumplir el límite máximo de la jornada, como son los llamados trabajadores de confianza o de dirección[1]; asimismo, los trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata[2] y aquellos que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia[3] tampoco tienen esta obligación. 

Cuando un trabajador lleva a cabo su trabajo más allá de la jornada diaria o semanal establecida en el centro de trabajo conforme a la ley, nos encontramos ante un trabajo extraordinario cuyo tiempo de realización es denominado horas extras. Las horas extras pueden realizarse antes de la hora de ingreso o después de la hora de salida establecida por el empleador. Es importante mencionar que el trabajo en sobretiempo es voluntario por ambas partes, de manera que el trabajador no puede ser obligado a laborar luego de haber cumplido con la jornada máxima de trabajo, con excepción de casos justificados que pongan en peligro a las personas, a los bienes del centro de trabajo o la continuidad de la actividad productiva de la empresa.

Al tratarse de un tiempo de trabajo efectivo en beneficio del empleador, las horas extras deben ser remuneradas junto con el pago de la remuneración ordinaria, a razón del 25% del valor hora para las dos primera horas  y un 35% adicional del valor hora a partir de la tercera hora en adelante. Ejemplifiquémoslo:

El trabajador Juan Pérez percibe una remuneración de S/ 1,025.00 mensuales y labora de lunes a sábado de 08:00 am a 05:00 pm, con una hora de refrigerio (la cual no forma parte de la jornada de trabajo); no obstante, acuerda con su empleador trabajar el día sábado de manera extraordinaria hasta las 08:00 pm; así, el cálculo del pago de horas extras laboradas por Juan Pérez ese día se realizará de la siguiente manera:

1025 / 30 (días del mes laboral) / 8 (horas de trabajo) = 4.27 (cantidad en soles que Juan gana por cada hora de trabajo)


[1] La definición de trabajadores de dirección y confianza la podemos encontrar en el artículo 43º del Texto Único ordenado del Decreto Legislativo No. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral

[2] La definición de trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata la podemos encontrar en el artículo 10º, literal c) del Decreto Supremo No. 008-2002-TR, Reglamento del TUO de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Sobretiempo.

[3] La definición de trabajadores que prestan servicios intermitentes la podemos encontrar en el artículo 10º, literal b) del Decreto Supremo No. 008-2002-TR, Reglamento del TUO de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Sobretiempo.

  • Primera hora extra (05:00 pm a 06:00 pm): 4.27 (valor por hora de trabajo) + 1.06 (25% de la hora de trabajo) = 5.33 por la primera hora extra
  • Segunda hora extra (06:00 pm a 07:00 pm): 4.27 (valor por hora de trabajo) + 1.06 (25% de la hora de trabajo) = 5.33 por la segunda hora extra
  • Tercera hora extra (07:00 pm a 08:00 pm): 4.27 (valor por hora de trabajo) + 1.49 (35% de la hora de trabajo) = 5.76 por la tercera hora extra

Así, por trabajar tres horas extras el día sábado Juan ganará en total S/ 16.42.

Además de ser remuneradas, las horas extras también pueden ser compensadas con períodos equivalentes de descanso, los mismos que deberán efectuarse dentro del mes siguiente a aquél en que se realizaron las horas extras. Es necesario señalar que este acuerdo entre el trabajador y el empleador deberá constar por escrito.

Ahora bien, es importante considerar que, de acreditarse que el trabajador realizó horas extras, aun cuando no hubiera una disposición expresa del empleador, se entenderá que esta fue otorgada tácitamente y que el trabajador laboró de manera voluntaria, por lo que se procederá al pago de las horas extras. Asimismo, si el trabajador se encuentra en el centro de trabajo antes de la hora de ingreso o permanece después de la hora de salida, se presumirá que el empleador ha dispuesto la realización de horas extras, las mismas que deberán ser remuneradas. Por este motivo, los empleadores hacen bien al exigir a los trabajadores respetar estrictamente el horario de trabajo, a fin de no incurrir en costos no justificados.

Frecuentemente, oímos de casos en los que el empleador coacciona al trabajador para que efectúe horas extras sin cumplir con el pago debido por su realización. En estos casos, es de suma importancia para el trabajador insistir en que este sobretiempo se anote en el Registro de Control de Asistencia que toda empresa tiene la obligación de llevar; así podrá demostrar, de ser necesario, la cantidad de horas extras laboradas y el pago correspondiente a las mismas. Por supuesto, los trabajadores exceptuados de cumplir con la jornada máxima de trabajo a los que nos referimos anteriormente no están obligados a registrar su asistencia en este registro.

El trabajo extraordinario es un tema sumamente amplio y complejo y, siendo que cada situación laboral tiene características particulares, es importante tratar cada una de manera individual; no obstante, hemos querido brindar a nuestros lectores una visión general de cómo se consideran las horas extras en la legislación laboral peruana. Posteriormente, nos estaremos refiriendo a temas similares.

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